El litigio civil tiene como característica fundamental, el hecho de que siempre está en riesgo el patrimonio del cliente. En este sentido, Jorge D. Gianareas T. Abogado - Attorney At Law dedica recursos sustanciales a fin de garantizar que frente al litigio civil, se cumplan con todos los términos dispuestos por el juez, el proceso de recabar pruebas, cumpliendo con los tecnicismos procesales dispuestos por ley y el juez, en adición de todos los otros requisitos de Ley necesarios para llevar una demanda a feliz término. El litigio en materia civil, surge generalmente de la disconformidad de una de las partes de un contrato, en ese sentido, el objeto del litigio civil, es efectivamente, el resarcimiento de los daños y perjuicios causados por una parte a la otra. En el caso de que ha sido afectado por el incumplimiento de contrato, la legislación panameña provee formas efectivas para demandar en un tribunal de justicia, que el responsable le resarce con dinero los daños y perjuicios causados. Existen tres jurisdicciones que por lo general tienen como objeto resolver litigios civiles en la República de Panamá. En primer lugar tenemos la jurisdicción local, ejercido por las autoridades de policía, comúnmente conocidos como “Corregidores” y ejercen su autoridad en los litigios que tienen como objeto resolver negocios por un monto máximo de doscientos cincuenta balboas ($250.00). En segundo lugar encontramos la jurisdicción de los Juzgados Municipales del Ramo Civil, lo cual conocerán de los negocios civiles que versen sobre cuantía mayor de doscientos cincuenta balboas ($250.00), y sin exceder de cinco mil balboas ($5,000.00), en virtud a lo dispuesto por el artículo 174 A.3.B.1 del Código Judicial de la República de Panamá. De forma tal, que si su patrimonio ha sido afectado ya sea por la comisión u omisión de otra persona, indistintamente que sea natural o jurídica, nacional o extranjero, le recomendamos que Por otro lado, los Juzgados de Circuito de Ramo Civil, tiene como objeto entre otras funciones resolver litigios civiles cuya cuantía sea mayor de cinco mil dólares ($5,000.00) en virtud de lo dispuesto por el artículo 159 del Código Judicial de Panamá. Es en esta jurisdicción que se resuelven las grandes demandas. Sin embargo, es la filosofía de la firma prestar la misma atención a todos nuestros clientes, indistintamente si se trate de un demanda de menor o mayor cuantía. Pero no es menos cierto, que debido a las grandes cuantías que se disputan en esta jurisdicción los negocios sean de mayor complejidad jurídica. En ese sentido, el abordaje a estos litigios es en equipo, donde cada miembro de la firma trae a la mesa un aspecto y elemento jurídico distinto, partiendo del punto de vista exclusivo de su especialización. Es precisamente este trabajo en equipo que hace que Jorge D. Gianareas T. Abogado - Attorney At Law goce de una reputación de alcanzar los objetivos fijados o como dicen en los Estados Unidos ¡WE GET THE JOB DONE!,
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